Siguen las sentencias de los tribunales autonómicos sobre la objeción a la asignatura "Educación para la ciudadanía". Huelga decir que este asunto hace mucho que ha dejado de competer a la educación para convertirse en un motivo para escenificar las diferencias políticas. Además, su judicialización y la inexistencia de un criterio común a los diversos tribunales no ha hecho más que aumentar la desorientación ciudadana al respecto. Hace un tiempo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictaminó que los padres tenían derecho a objetar y que no tenían que argumentar su objeción quedando amparados en el artículo 16.2 de la Constitución Española según el cual “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”.
Informa hoy la prensa de una nueva sentencia, esta vez de Cantabria. Dice la noticia:
"La sala alega que los padres no han argumentado "mínimamente" por qué motivos la asignatura puede vulnerar sus derechos fundamentales a la libertad ideológica y de conciencia y subraya que con aducir la posible vulneración sin más concreción no es suficiente para aplicar la medida cautelar."
Sin conocer el resto de la sentencia, resulta ejemplar el argumento de los jueces, pues si no se aducen motivos para objetar a la asignatura, si simplemente se alegan motivos de conciencia sin decir cuáles son, se permite que los ciudadanos hagan el juego sucio de los partidos políticos. En cambio, obligando a los candidatos a objetores a argumentar su objeción se logran dos cosas, ambas buenas: que se ponga a prueba definitivamente la parcialidad o imparcialidad del temario de la asignatura, y que se realice un debate público sobre la cuestión sin que los políticos marquen el orden del día.
Por lo que se refiere a la imparcialidad de la asignatura y más allá de la probable torpeza de los redactores al enfatizar la cuestión de la "ideología de género", aún no se ha oído ningún argumento válido para oponerse a sus contenidos, como no sean argumentos no democráticos que, por definición, quedan descalificados.
miércoles, 10 de septiembre de 2008
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